Las deducciones por obras de mejora energética de viviendas se amplían durante dos años más
El Consejo de Ministros celebrado el 23 de diciembre ha aprobado el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, que, entre otras medidas, amplía la vigencia temporal de las deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas, que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética. Así, se extiende el periodo de las deducciones hasta el 31 de diciembre de 2026.
En concreto:
La deducción del 20% en el IRPF se aplica por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Debe tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un siete por ciento en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. La deducción aplica a las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
La deducción del 40% va destinada a actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Al igual que en el caso anterior, debe tratarse igualmente de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. Máximo de 7.500 euros por vivienda.
La deducción del 60% se aplica en las actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. A diferencia de los dos casos anteriores, debe tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. Máximo de 15.000 euros por vivienda.