El BOE de este lunes 19 de junio publica la aprobación por el Consejo de Ministros el pasado viernes del nuevo Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020.

Estas subvenciones, por importe total de 336 millones de euros, se concederán por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), que recientementE, como informamos en nuestro Twitter @LRbFAEC, fue designado organismo intermediario para la gestión de estos fondos europeos. Podrán ser beneficiarios de las ayudas los municipios o agrupaciones de municipios cuya población sea inferior a 20.000 habitantes, así como Ceuta y Melilla. De esta partida total la limitación para Andalucía será de 118 M€ (más otros 2 de Ceuta y Melilla).

Para obtener la ayuda, los municipios deberán reducir las emisiones de dióxido de carbono mediante la ejecución de proyectos singulares de ahorro y eficiencia energética (en edificación y en infraestructuras y servicios públicos),movilidad urbana sostenible (transporte urbano limpio, transporte colectivo,conexión urbana-rural, mejoras de red viaria, transporte ciclista y desarrollo de sistemas de suministro de energías limpias) y uso de energías renovables(para producción de electricidad y usos térmicos en edificación y en infraestructuras públicas).

En concreto, deberá tratarse de actuaciones dentro de alguna o varias de las medidas siguientes:

Objetivo Específico: OE 431
Eficiencia energética en la edificación y en las Infraestructuras y servicios Públicos:

1. Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios municipales existentes.
2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios municipales existentes.
3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios municipales existentes.
4. Mejora de la eficiencia energética en instalaciones eléctricas de edificios municipales existentes.
5. Mejora de la eficiencia energética mediante la utilización de TIC en las ciudades (Smart cities).
6. Renovación de las instalaciones de alumbrado, iluminación y señalización exterior.
7. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de potabilización, depuración de aguas residuales y desalación.

Objetivo Específico: OE 451
Movilidad urbana sostenible: Transporte urbano limpio, transporte colectivo, conexión urbana-rural, mejoras red viaria, transporte ciclista y desarrollo de sistemas de suministro de energías limpias:

8. Implantación de Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) o planes directores de movilidad.

Objetivo Específico: OE 432
Aumentar el uso de las energías renovables para producción de electricidad y usos térmicos en edificación y en infraestructuras públicas, en particular favoreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo:

9. Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.
10. Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.
11. Instalaciones para el uso térmico de la biomasa.
12. Redes de distribución de fluidos térmicos, instalaciones de producción de frío, equipos de depuración de gases, siempre y cuando estén asociados al uso térmico de biomasa, de biogás o de CDR/CSR (acciones complementarias a instalaciones existentes).
13. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo del biogás.
14. Instalaciones para el uso térmico de CDR y CSR.
15. Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de energía eléctrica para autoconsumo (conectadas a red y aisladas).
16. Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo eléctrico (conectadas a red y aisladas).
17. Instalaciones de aprovechamiento de la energía aerotérmica o hidrotérmica mediante bombas de calor.

Las ayudas podrán solicitarse transcurrido un mes natural de la publicación en el BOE de este Real Decreto; es decir, a partir del día 18 de julio de 2017.

Consulta el nuevo Real Decreto aquí