Publicada la Orden por las que se regulan las Áreas de Regeneración y Renovación Urbana
Publicada la Orden por las que se regulan las Áreas de Regeneración y Renovación Urbana.
La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha publicado el pasado viernes la Orden de 23 de noviembre de 2020 por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas.
Esta Orden tiene por objeto la regulación en la Comunidad Autónoma de Andalucía de las áreas de regeneración y renovación urbana contempladas en el capítulo VIII del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, estableciendo el procedimiento para su delimitación a solicitud de los ayuntamientos; así como la aprobación, de las bases reguladoras para la concesión en las mismas de las subvenciones para el fomento de la regeneración y renovación urbana y rural (anexo I).
Igualmente, la Orden aprueba el modelo tipo de convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y el correspondiente ayuntamiento, como entidad colaboradora para la gestión de solicitudes y entrega de subvenciones para el fomento de la regeneración y renovación urbana y rural que tengan por finalidad la rehabilitación de viviendas o la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva en la respectiva área de regeneración y renovación urbana (anexo II).
Por último, se aprueba el formulario de solicitud y subsanación para el procedimiento de delimitación de áreas de regeneración y renovación urbana (anexo III).
Delimitación de las Áreas de Regeneración y Renovación urbanas.
La ejecución de actuaciones subvencionables en estas áreas requerirá la previa delimitación territorial de los ámbitos urbanos de actuación. Para ello, los correspondientes ayuntamientos deberán solicitar su delimitación a la persona titular de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Los requisitos y condiciones que han de cumplir las áreas propuestas para su delimitación, están recogidos en el artículo 2 de las bases reguladoras y se circunscribirán a ámbitos urbanos de municipios que cuenten con población superior a 50.000 habitantes.
Las características de las zonas donde se ubican los ámbitos urbanos propuestos pueden consultarse en el documento elaborado por la Secretaría General de Vivienda denominado “Áreas de regeneración y renovación urbana. Documento para la identificación de ámbitos urbanos” (pincha aquí)
En las áreas de regeneración y renovación urbana delimitadas podrá financiarse con cargo a las subvenciones para el fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, de acuerdo con las condiciones, requisitos y cuantías establecidos en las bases reguladoras, la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación de edificios o viviendas en sustitución de edificios o viviendas demolidos.
Solicitud de delimitación.
Tras la publicación de esta Orden, los ayuntamientos pueden realizar la solicitud de delimitación de Área de Regeneración y Renovación Urbana en el plazo de de tres meses desde la entrada en vigor de la orden (este 28 de noviembre).
Puedes descargar el texto íntegro y sus anexos aquí.