Nueva Resolución sobre el Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía.

 

El BOJA nº27 del pasado miércoles 10 de febrero ha publicado la Resolución de 4 de febrero de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se modifican las convocatorias de las líneas de incentivos acogidas a la Orden de 23 de diciembre de 2016 y se suspenden los plazos de presentación de determinadas actuaciones en las líneas de Construcción Sostenible y Pyme Sostenible.

En primer término la nueva Resolución delimita y clarifica aspectos y condiciones que deben cumplir los certificados previo y posterior exigidos en las bases reguladoras (Orden de 23 de diciembre de 2016), cuyo contenido técnico y régimen específico de cumplimentación y presentación telemática requiere de la intervención de las entidades colaboradoras en un doble ámbito temporal, así como la utilización por parte de las mismas de la herramienta informática habilitada al efecto por la Agencia Andaluza de la Energía.

En segundo lugar, se suspende efectivamente la convocatoria para la presentación de nuevas solicitudes de incentivos para actuaciones de aprovechamiento de energía renovable eólica por parte de particulares y entidades locales en la línea de incentivo de Construcción Sostenible, así como para la presentación de nuevas solicitudes de incentivos para actuaciones de aprovechamiento de energía renovable eólica y biomasa en Pyme Sostenible, al haberse agotado el 100% de los fondos previstos para dichas actuaciones.

Las partidas presupuestarias agotadas son las que se refieren a las ayudas que se conceden en las líneas de incentivos Construcción Sostenible y Pyme Sostenible para los tipos de actuaciones que se indican a continuación:

Construcción Sostenible:

A.4.2. Sistemas para la generación de electricidad o la cogeneración de calor y electricidad (tecnología eólica o mixtas eólicas).
• A.4.2.a) Instalaciones básicas aisladas o conectadas a red.
• A.4.2.b) Instalaciones aisladas de más de 10 kW o conectadas con alto grado de autoconsumo.
• A.4.2.c) Instalaciones singulares aisladas o conectadas avanzadas o con muy alto grado de autoconsumo.

C. Actuaciones de mejora energética en edificios e instalaciones a través de servicios energéticos (tecnología eólica o mixtas eólicas).

Pyme Sostenible:

A.1.1. Generación de energía mediante el aprovechamiento de energías renovables (tecnología eólica, mixta eólica y biomasa).
• A.1.1.a) Mejora energética de instalaciones de energías renovables existentes.
• A.1.1.b) Nuevos sistemas de energías renovables.
• A.1.1.d) Soluciones avanzadas para la generación energética con energías renovables.

A.1.2. Desarrollo de la cadena de la biomasa, mediante proyectos de producción y/o logística de la biomasa y biocombustibles.
•A.1.2.a) Actuaciones o proyectos de producción o logística de biomasa.
• A.1.2.b) Actuaciones o proyectos de producción o logística de biomasa arbórea o herbácea.
• A.1.2.c) Soluciones integrales para producción, distribución y logística de la biomasa o fabricación de biocarburantes.

En nuestra sección de ayudas están accesibles las tablas actualizadas con la disponibilidad de fondos de las tres líneas de incentivos de este Programa.

La Resolución completa puede leerse aquí