El BOJA nº 112, del pasado 12 de junio, ha vuelto a publicar una nueva Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, de 7 de junio de 2018, por la que, en esta ocasión, se modifica el Catálogo de actuaciones energéticas de la Línea de Incentivos Construcción Sostenible, acogidas a la Orden de 23 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para el desarrollo energético sostenible de Andalucía en el período 2017-2020.

Como sabemos, el referido Catálogo incluía el uso eficiente de la energía de la biomasa, en los que necesariamente se incluirán elementos de protección ambiental, y mediante equipos y calderas que cumplieran los requisitos más exigentes en cuanto a la limitación de emisiones de partículas a la atmósfera incluidos en los reglamentos y directivas de la UE.

Así, se contemplaba con una mayor intensidad de incentivo aquellas actuaciones que utilizando la biomasa como combustible, se adelantasen al cumplimiento de los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de calefacción local o calderas, e igualmente se valoraba como una solución adecuada la incorporación de equipos que, aún no alcanzando las condiciones excepcionalmente buenas de diseño ecológico, permitieran la reducción de emisiones gracias a un uso energéticamente eficiente de la biomasa y la incorporación de sistemas de filtrado o de retención de partículas

En este sentido el Catálogo de Actuaciones Energéticas distingue también intensidades específicas de incentivo en función de la concurrencia de determinados elementos o características especiales de ejecución de la actuación incentivada, establecidas con el objeto de priorizar las operaciones que las incorporan, de tal manera que a las actuaciones con mayor alcance energético son las que cuentan con una intensidad de incentivo más alta.

La Agencia Andaluza de la Energía, a la vista de las solicitudes presentadas, y en concreto, a las referidas a una mejora en la calefacción en zonas de especiales necesidades de mejora de calidad del aire, considera necesario impulsar la presentación de un mayor número de solicitudes en la renovación de calderas y equipos de calefacción obsoletos y contaminantes por equipos de alta eficiencia dirigidos a reducir la demanda de calefacción y un uso más eficiente. De esta forma, se limitaría el uso ineficiente de combustibles sólidos en dichas zonas que requieren de un incremento de las actuaciones que permitan un mayor impacto de la calidad del aire.

Con este fin, a través de la Resolución publicada, se introduce un nuevo elemento de ejecución, denominado “Actuaciones para una calefacción energéticamente eficiente en zonas con especiales necesidades de mejora de calidad del aire”, para el que se distinguen las siguientes intensidades específicas en las siguientes tipologías de actuación:

1. En la tipología de actuación “A.4.1.a) Sistemas básicos de generación de energía térmica”: nueva intensidad específica de incentivo del 60%.
2. En la tipología de actuación “A.4.1.b) Sistemas de generación de agua o aire caliente mediante equipos de biomasa de alto rendimiento”: nueva intensidad específica de incentivo del 80%.

Las condiciones específicas previstas para la ejecución de las actuaciones vinculadas a este nuevo elemento de ejecución se desarrollan también en la propia Resolución.

Estas modificaciones serán de aplicación a las solicitudes que se presenten a partir de las 9.00 h. del día 9 de julio de 2018.

 
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